Según un reciente estudio, las empresas españolas que han decidido acogerse a concursos de acreedores en el primer trimestre del año son un 44% más que en el mismo periodo del año 2012, siendo un hecho bastante habitual en la actividad de las empresas, el no poder cobrar las facturas emitidas a algunos de sus clientes.
No obstante, si la factura resulta incobrable, Hacienda le permite recuperar el IVA ingresado en su día, cumpliendo una serie de requisitos, que varían según la sociedad sea Gran Empresa (volumen de operaciones ejercicio anterior superior a 6.010.121,04 euros) o no lo sea:
En cambio RECUERDE, que si su cliente es declarado en consumo de acreedores, no tendrá que esperar estos plazos, sino solo un mes desde la última publicación de la declaración de concurso en el BOE
Además, deberá cumplirse también: